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Dictamen 2088/108 de 1997

17 de abril de 1997 · Remuneración

Remuneraciones; comisiones; Descuentos; Procedencia; Atrasos

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No procede jurídicamente considerar en los descuentos efectuados a trabajadores remunerados con un sueldo base y comisiones por causa de atrasos, los montos que hubieren percibido por comisiones, encontrándose por ende, ajustadas a derecho las instrucciones Nº 96.871 impartidas por la Fiscalizadora doña María Castro Delgado a la empresa Silicona Ltda., no procediendo su reconsideración.

Número2088/108
Fecha17 de abril de 1997
Eje doctrinarioRemuneración
Quién consultaEmpresa/Empleador
Periodo1 Frei R-T (95-00)

Este dictamen reconsideracion rechazada por 96871 (1996-10-17).