Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 2093/113 de 1997
Descanso dentro de la jornada; Proceso continuo
Qué resolvió
Las labores que desarrolla el personal que le presta servicios a las empresas mineras, en la forma y condiciones señaladas en el cuerpo del presente informe, no pueden ser calificadas de proceso continuo y, por ende, dichos dependientes no se encuentran exceptuados del descanso para efectos de colación, a que alude el inciso 1º del artículo 34 del Código del Trabajo.
Datos del documento
| Número | 2093/113 |
|---|---|
| Fecha | 17 de abril de 1997 |
| Eje doctrinario | Jornada/tiempo |
| Quién consulta | Estado/Organismo |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |