Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 2127/118 de 1997
Cláusula tácita; Remuneraciones; Negociación colectiva; Instrumento colectivo; Reemplazo de cláusulas de contrato individual
Qué resolvió
Empresa Farmacia Marsano Hermanos y Compañía Limitada no tiene derecho a dejar de pagar unilateralmente las remuneraciones denominadas " Bonificación", "Bono de producción" e "Incentivos", por cuanto éstas constituyen cláusulas tácitas de los contratos individuales de los trabajadores, las cuales han subsistido a pesar del Contrato Colectivo de 06.05.96, pues al no convenirse en él expresamente sobre ellas, dicho…
Datos del documento
| Número | 2127/118 |
|---|---|
| Fecha | 21 de abril de 1997 |
| Eje doctrinario | Sindical/colectivo |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |