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Dictamen 216/2 de 2006

17 de enero de 2006 · Sindical/colectivo

Libertad Sindical. Sistema de Votación.

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No existe inconveniente jurídico para que la Confederación Nacional de Trabajadores Metalúrgicos establezca en su estatuto un sistema de votación universal para la elección de su directorio, en la cual participen todos los socios afiliados, a través de sus respectivos sindicatos, a dicha confederación.

Número216/2
Fecha17 de enero de 2006
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo2 Lagos (00-06)