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Dictamen 2160/44 de 2007

12 de junio de 2007 · Estatutos especiales

Estatuto Docente. Colegios Particulares Pagados. Indemnizacion por años de Servicio. Procedencia. Renuncia Voluntaria.

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A los profesionales de la educación que laboran en establecimientos educacionales particulares subvencionados no les asiste el derecho a indemnización legal por años de servicio, en el evento que su contrato individual de trabajo termine por la causal del Nº2 del artículo 159 del Código del Trabajo, vale decir, renuncia voluntaria, sin perjuicio de lo expuesto en el cuerpo del presente oficio.

Número2160/44
Fecha12 de junio de 2007
Eje doctrinarioEstatutos especiales
Quién consultaTrabajador sin sindicato
Periodo3 Bachelet I (06-10)