Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 220/7 de 2008
1) Empresa de Servicios Transitorios. Capacitación. Porcentaje. Determinación.2) Empresa de Servicios Transitorios. Capacitación. Ejecución.
Qué resolvió
1) El porcentaje mínimo del 10% de los trabajadores de empresas de servicios transitorios que deben ser capacitados anualmente por éstas, según el artículo 183-AD del Código del Trabajo, se obtiene del total de trabajadores incluidos en los contratos de puesta a disposición de trabajadores transitorios celebrados con las empresas usuarias, durante el lapso 1° de enero a 31 de diciembre de cada año, y 2) Las acciones…
Datos del documento
| Número | 220/7 |
|---|---|
| Fecha | 15 de enero de 2008 |
| Eje doctrinario | Subcontratación |
| Quién consulta | Empresa/Empleador |
| Periodo | 3 Bachelet I (06-10) |