Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 2221/128 de 2002
Gratificación Legal; Capital Propio; Determinación; Modalidad 25%; Tope; Ingreso Mínimo; Utilidad Líquida; Determinación
Qué resolvió
En el caso de empresas diferentes e independientes unas de otras, con personalidad jurídica y razón social propias, los elementos o parámetros a que se refieren los artículos 48 y 49 del Código del Trabajo, esto es, la utilidad líquida y el capital propio invertido en la empresa, deben determinarse en forma separada o cada una de ellas debe determinar sus propios elementos para los fines a que aluden las citadas…
Datos del documento
| Número | 2221/128 |
|---|---|
| Fecha | 11 de julio de 2002 |
| Eje doctrinario | Término/despido/finiquito |
| Quién consulta | Empresa/Empleador |
| Periodo | 2 Lagos (00-06) |