Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 2224/39 de 2021
Extensión de beneficios
Qué resolvió
1. La aceptación de la extensión de beneficios deberá ceñirse a las formalidades determinadas en el respectivo pacto, en el que se está obligando a acreditar que el trabajador ha otorgado su consentimiento expreso en torno a la aplicación de la extensión de beneficios y el respectivo pago de todo o parte de la cuota sindical.
Datos del documento
| Número | 2224/39 |
|---|---|
| Fecha | 14 de septiembre de 2021 |
| Eje doctrinario | Otros |
| Quién consulta | Estado/Organismo |
| Periodo | 6 Piñera II (18-22) |