Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 2227/26 de 2013
Feriado. Elecciones Primarias. Personal que labora en centros o complejos comerciales. Descanso Obligatorio.
Qué resolvió
El día en que deban efectuarse las elecciones primarias constituye feriado obligatorio e irrenunciable para los trabajadores comprendidos en el numeral 7º del artículo 38 del Código del Trabajo, que laboran en centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica, de suerte tal que dichos dependientes se encuentran liberados de prestar servicios el 30 de junio del presente…
Datos del documento
| Número | 2227/26 |
|---|---|
| Fecha | 31 de mayo de 2013 |
| Eje doctrinario | Jornada/tiempo |
| Quién consulta | Estado/Organismo |
| Periodo | 4 Piñera I (10-14) |