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Dictamen 2244/108 de 2001

18 de junio de 2001 · Sindical/colectivo

Estatuto de Salud; Directores; Nombramiento

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No existe impedimento legal para ejercer el nombramiento provisional de director de establecimiento de atención primaria de salud municipal, por alguna de las moda­lidades de contrata­ción que contem­pla la ley 1­9.378, mie­ntras se resuelve el concurso públi­co respectivo, nombramiento que sin embargo, no es posible ejercer en calidad de interi­no.

Número2244/108
Fecha18 de junio de 2001
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaEstado/Organismo
Periodo2 Lagos (00-06)