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Dictamen 2245/109 de 2001

18 de junio de 2001 · Estatutos especiales

Contrato de Reemplazo; Beneficios; Procedencia; Estatuto de Salud; Ascenso; Cesación en el Cargo; Efectos

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1) El ascenso de los funcio­na­rios regidos por la ley 1­9.378, debe materializarse a través del concurso público de ante­cedentes o al momento en que la entidad administradora fija la dotación, que propone al Servicio de Salud competen­te. 2) La subrogación y la suplen­cia no están contempla­das por la ley 19.378, y el contrato de reemplazo sólo da derecho a percibir remunera­ción y los bene­ficios sociales…

Número2245/109
Fecha18 de junio de 2001
Eje doctrinarioEstatutos especiales
Quién consultaEstado/Organismo
Periodo2 Lagos (00-06)