Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 2249/48 de 2007
1) - Empresa de Servicios Transitorios. Contrato de Trabajo de Servicios Transitorios. Jornada de Trabajo. Estipulación. - Empresa de Servicios Transitorios.
Qué resolvió
1.) La determinación de la jornada de trabajo del trabajador queda entregada a las partes del contrato de trabajo transitorio, debiendo estipularse la jornada en que el trabajador prestará servicios en la empresa usuaria. Sin perjuicio que la responsabilidad por el cumplimiento de esa jornada pactada en el contrato de trabajo transitorio corresponde legalmente a la empresa usuaria.
Datos del documento
| Número | 2249/48 |
|---|---|
| Fecha | 19 de junio de 2007 |
| Eje doctrinario | Subcontratación |
| Quién consulta | DT de oficio/interno |
| Periodo | 3 Bachelet I (06-10) |