Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 23/1 de 2000
Trabajadores Portuarios; Eventuales; Turnos Alternados
Qué resolvió
No existe inconveniente jurídico para que los trabajadores portuarios eventuales laboren turnos alternados, sin que sea necesaria autorización expresa de esta Dirección para tales efectos.
Datos del documento
| Número | 23/1 |
|---|---|
| Fecha | 2 de enero de 2000 |
| Eje doctrinario | Trabajadores especiales |
| Quién consulta | Empresa/Empleador |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |