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Dictamen 231/14 de 2002

21 de enero de 2002 · Estatutos especiales

Colegios Particulares Subvencionados; Jornada de Trabajo; Duración; Modificación

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El empleador no se encuentra facultado para reducir unilateralmente o por su sola voluntad la jornada de trabajo del personal docente pactada en sus contratos de trabajo, aún cuando invoque para ellos nuevos planes o programas de estudio.

Número231/14
Fecha21 de enero de 2002
Eje doctrinarioEstatutos especiales
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo2 Lagos (00-06)