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Dictamen 2372/111 de 1995

12 de abril de 1995 · Remuneración

Semana corrida Procedencia.

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Los dependientes de la Notaría "Jorge Arredondo Pacheco" de Curicó que se individualizan en el presente informe, que se remuneran sobre la base de un porcentaje o comisión calculado en relación a las ingresos brutos totales de dicha empresa, no tienen derecho a percibir remuneración por los días domingo y festivos en los términos previstos en el artículo 45 del Código del Trabajo.

Número2372/111
Fecha12 de abril de 1995
Eje doctrinarioRemuneración
Quién consultaEmpresa/Empleador
Periodo1 Frei R-T (95-00)