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Dictamen 2374/113 de 1995

12 de abril de 1995 · Trabajadores especiales

Horas extraordinarias Computo Personal embarcado. Horas extraordinarias Cálculo Personal embarcado.

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El límite que sirve de base para computar las horas extraordinarias del personal embarcado o gente de mar es de 56 horas semanales, sin perjuicio de las excepciones previstas en los artículos 108 y 109 del Código del Trabajo, debiendo calcularse el valor de dichas horas conforme al procedimiento indicado en el presente informe.

Número2374/113
Fecha12 de abril de 1995
Eje doctrinarioTrabajadores especiales
Quién consultaEmpresa/Empleador
Periodo1 Frei R-T (95-00)