Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 2377/116 de 1995
Contrato individual Modificaciones. Contrato individual Legalidad de cláusula Jornada de trabajo Distribución.
Qué resolvió
1) El contrato de trabajo no puede ser modificado unilateralmente por el empleador. 2) Se ajusta a derecho una cláusula que otorga al empleador la facultad de determinar, entre alternativas que se estipulan, la duración y distribución de la jornada de trabajo.
Datos del documento
| Número | 2377/116 |
|---|---|
| Fecha | 12 de abril de 1995 |
| Eje doctrinario | Jornada/tiempo |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |