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Dictamen 2391/102 de 2004

8 de junio de 2004 · Fiscalización/multas

Negociación colectiva. Presentación proyecto. Notificación. Inspecciones del Trabajo. Respuesta del empleador.

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Las Inspecciones del Trabajo, deberán ceñirse, para efectuar las notificaciones a que se refieren los incisos 2º de los artículos 324 y 330 del Código del Trabajo, al procedimiento señalado en el cuerpo del presente Ordinario.

Número2391/102
Fecha8 de junio de 2004
Eje doctrinarioFiscalización/multas
Quién consultaDT de oficio/interno
Periodo2 Lagos (00-06)