Generado con IA por Unholster

Dictamen 2419/95 de 1996

23 de abril de 1996 · Estatutos especiales

Estatuto docente; Feriado; Duración

Ver el documento en la DT

No constituye infracción al artículo 37 del Estatuto Docente, la medida adoptada por diversos establecimimentos educacionales, afectos en materia de feriado al citado precepto legal, en orden a que el personal que presta servicios en ellos se incorporare a laborar la última semana del mes de febrero del año en curso.

Número2419/95
Fecha23 de abril de 1996
Eje doctrinarioEstatutos especiales
Quién consultaEstado/Organismo
Periodo1 Frei R-T (95-00)