Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 2419/95 de 1996
Estatuto docente; Feriado; Duración
Qué resolvió
No constituye infracción al artículo 37 del Estatuto Docente, la medida adoptada por diversos establecimimentos educacionales, afectos en materia de feriado al citado precepto legal, en orden a que el personal que presta servicios en ellos se incorporare a laborar la última semana del mes de febrero del año en curso.
Datos del documento
| Número | 2419/95 |
|---|---|
| Fecha | 23 de abril de 1996 |
| Eje doctrinario | Estatutos especiales |
| Quién consulta | Estado/Organismo |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |