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Dictamen 2435/114 de 2001

29 de junio de 2001 · Sindical/colectivo

Organización sindical; Directores; Cambio de Funciones; Federaciones y Confederaciones; Bienes Sindicales; Destino; Directores; Responsabilidad

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1) Las federaciones y confede­racio­nes pueden traspasar sus bienes, el producto de lo ob­tenido de su enaje­nación o de la venta de sus activos a sus asociados, sean éstos sindica­tos o federaciones, no siendo apli­cable a su respecto la prohibición contemplada en el inciso 1º del artículo 259 del Código del Trabajo.

Número2435/114
Fecha29 de junio de 2001
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo2 Lagos (00-06)