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Dictamen 2475/56 de 2003

30 de junio de 2003 · Sindical/colectivo

Asociación de Funcionarios. Constitución. Atención Primaria de Salud

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No existe impedimento legal alguno para que los profesionales médicos y no médicos, que laboran en la Corporación Municipal de Punta Arenas, constituyan una asociación de funcionarios conforme a la ley 19.296, y siempre que cumplan con el quórum establecido por dicho cuerpo legal.

Número2475/56
Fecha30 de junio de 2003
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaTrabajador sin sindicato
Periodo2 Lagos (00-06)