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Dictamen 2485/171 de 1998

1 de junio de 1998 · Procedimiento/competencia

Bono de escolaridad; Ley 19.485; Procedencia

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No resulta jurídicamente procedente otorgar al personal que labora en el Instituto de Fomento Pesquero "IFOP", el bono de escolaridad establecido en el artículo 16 de la ley Nº 19.485.

Número2485/171
Fecha1 de junio de 1998
Eje doctrinarioProcedimiento/competencia
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)