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Dictamen 2497/42 de 2011

21 de junio de 2011 · Otros

Sala cuna. Licencia Médica. Obligación de pago.

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El empleador no se encuentra jurídicamente obligado a pagar los gastos de sala cuna durante los períodos en que las trabajadoras que tienen un hijo menor de dos años hacen uso de licencia médica.

Número2497/42
Fecha21 de junio de 2011
Eje doctrinarioOtros
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo4 Piñera I (10-14)