Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 2507/129 de 1997
Gratificación legal; Obligación de de gratificar
Qué resolvió
Por norma general en empresas con diferentes establecimientos, sucursales, actividades o faenas, la liquidación de las gratificaciones debe practicarse en cada uno de tales establecimientos o sucursales. Excepcionalmente en empresas que ejerzan una misma actividad o no se encuentren acogidas a regímenes tributarios diferentes, por tratarse en ambos casos de una sola actividad ejercida por un mismo contribuyente, la…
Datos del documento
| Número | 2507/129 |
|---|---|
| Fecha | 25 de abril de 1997 |
| Eje doctrinario | Remuneración |
| Quién consulta | Empresa/Empleador |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |