Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 2658/31 de 2014
Jornada de Trabajo; Modificación; Sistema de turnos; Reglamento Interno
Qué resolvió
1. No existe inconveniente legal para que el empleador modifique el sistema de turnos consignado en el Reglamento Interno, determinando su suspensión del turno nocturno, debiendo dar cumplimiento, en todo caso, a las condiciones previstas en el inciso 1° del artículo 156, del Código del Trabajo. 2.
Datos del documento
| Número | 2658/31 |
|---|---|
| Fecha | 18 de julio de 2014 |
| Eje doctrinario | Jornada/tiempo |
| Quién consulta | — |
| Periodo | 4 Piñera I (10-14) |