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Dictamen 2659/32 de 2014

18 de julio de 2014 · Sindical/colectivo

Negociación Colectiva; Huelga; Bono de reemplazo; Licencia Médica

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1.-Resulta jurídicamente procedente que los trabajadores que se encuentren participando en una huelga y, que durante el curso de la misma, deban hacer uso de licencia médica, concurran en el reparto de la suma total a que asciende el bono de reemplazo, establecido en el Código del Trabajo, artículo 381, inciso 1º,letra c).

Número2659/32
Fecha18 de julio de 2014
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo4 Piñera I (10-14)