Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 2689/152 de 2002
1) Negociación Colectiva. Convenio Colectivo. Grupo Negociador. Representación 2) Negociación Colectiva. Convenio Colectivo. Organización Sindical.
Qué resolvió
1.- A la luz de lo dispuesto en el artículo 314 del Código del Trabajo, la directiva sindical de una organización podría representar a trabajadores no afiliados a la misma siempre que se de cumplimiento a las normas sobre expresión de voluntad colectiva contenidas en el artículo 314 bis, del mismo cuerpo legal, es decir, que la comisión negociadora, que sería en este caso la misma directiva sindical, sea elegida…
Datos del documento
| Número | 2689/152 |
|---|---|
| Fecha | 16 de agosto de 2002 |
| Eje doctrinario | Sindical/colectivo |
| Quién consulta | DT de oficio/interno |
| Periodo | 2 Lagos (00-06) |