Generado con IA por Unholster

Dictamen 2734/47 de 2011

8 de julio de 2011 · Trabajadores especiales

Personal Embarcado. Naves Marina Mercante Nacional. Horas garantizadas. Remuneración fija.

Ver el documento en la DT

Complementa doctrina contenida en dictamen Nº3309/176, de 09.10.2002, en el sentido que la remuneración que percibe el personal embarcado en naves de la Marina Mercante por concepto de la diferencia en el pago de las horas laboradas en exceso de 45 horas semanales, a que se refiere el inciso 3º del artículo 106 del Código del Trabajo, tiene el carácter de estipendio fijo.

Número2734/47
Fecha8 de julio de 2011
Eje doctrinarioTrabajadores especiales
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo4 Piñera I (10-14)

Este dictamen complementa por 3309/176 (2002-10-09).