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Dictamen 2736/122 de 2004

5 de julio de 2004 · Contrato indiv./relación

Cláusula tácita. Beneficios.

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La forma de distribución de la propina que aplicó el Hotel Hyatt Regency Santiago durante aproximadamente cinco años constituye una cláusula que se encuentra incorporada tácitamente a los contratos individuales de trabajo de los respectivos dependientes, no pudiendo, en consecuencia, ser suprimida o modificada unilateralmente por el empleador.

Número2736/122
Fecha5 de julio de 2004
Eje doctrinarioContrato indiv./relación
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo2 Lagos (00-06)