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Dictamen 2761/148 de 1997

7 de mayo de 1997 · Sindical/colectivo

Negociación colectiva; Instrumento colectivo; interpretación

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La administración del fondo social establecido en la cláusula Nº 24 del Contrato Colectivo suscrito entre el Sindicato Nº 1 de Trabajadores de la Cía. Minera Mantos de Oro y la misma Empresa, corresponde exclusivamente a la directiva de dicho sindicato, sin perjuicio de las facultades de la referida Compañía de efectuar controles trimestrales.

Número2761/148
Fecha7 de mayo de 1997
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)