Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 2772/56 de 2007
1) Terminación Contrato Individual. Cotizaciones Previsionales Impagas. Efectos. Remuneraciones. 2) Terminación Contrato Individual.
Qué resolvió
1) Analizados los alcances de la ley N°20.194, se podrá exigir el pago de remuneración y demás prestaciones del contrato de trabajo por el trabajador que ha sido despedido sin tener las cotizaciones al día, por todo el período que ello ocurra que medie entre la fecha del despido y la fecha efectiva de envío o de entrega al trabajador de la comunicación del pago de las cotizaciones, y el plazo de seis meses que fija…
Datos del documento
| Número | 2772/56 |
|---|---|
| Fecha | 27 de julio de 2007 |
| Eje doctrinario | Término/despido/finiquito |
| Quién consulta | DT de oficio/interno |
| Periodo | 3 Bachelet I (06-10) |