Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 2792/135 de 1995
Descanso dentro de la jornada Duración.
Qué resolvió
Se conforma a derecho la estipulación de jornadas de trabajo para los trabajadores de ordeña de 5:30 a 9:30 y de 15:00 a 17:00 horas, atendida la especial característica de la actividad desempeñada, no procediendo aplicar a su respecto los dictámenes Nºs. 4.185-93, de 15.06.90 y 6.077-275, de 21.10.92, que se refieren a interrupción de la jornada para descanso y colación del trabajador.
Datos del documento
| Número | 2792/135 |
|---|---|
| Fecha | 5 de mayo de 1995 |
| Eje doctrinario | Jornada/tiempo |
| Quién consulta | Estado/Organismo |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |