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Dictamen 2795/50 de 2008

30 de junio de 2008 · Sindical/colectivo

Negociación Colectiva. Extensión de Beneficios. Aporte Sindical. Procedencia.

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La empresa Gas Atacama Generación S.A. debió descontar de la remuneración de los trabajadores a quienes les hizo extensivos beneficios del convenio colectivo suscrito por el Sindicato Nº1 Central Atacama, allí constituido, el aporte previsto por el inciso 1º del artículo 346 del Código del Trabajo, a favor de dicha organización sindical, a contar de la fecha en que los referidos trabajadores comenzaron a percibir…

Número2795/50
Fecha30 de junio de 2008
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaEmpresa/Empleador
Periodo3 Bachelet I (06-10)