Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 2838/132 de 2001
Jubilación; Efectos; Terminación de Contrato; Salud Incompatible o Irrecuperable; Formalidades; Permisos; Facultades del Empleador
Qué resolvió
Resulta improcedente impedir el uso de los permisos que contempla el artículo 17 de la ley 19.378, los días lunes y viernes o exigir la presentación de la solicitud respectiva con 48 horas de anticipación.
Datos del documento
| Número | 2838/132 |
|---|---|
| Fecha | 27 de julio de 2001 |
| Eje doctrinario | Término/despido/finiquito |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Periodo | 2 Lagos (00-06) |