Generado con IA por Unholster

Dictamen 2838/132 de 2001

27 de julio de 2001 · Término/despido/finiquito

Jubilación; Efectos; Terminación de Contrato; Salud Incompatible o Irrecuperable; Formalidades; Permisos; Facultades del Empleador

Ver el documento en la DT

Resulta improcedente impedir el uso de los permisos que contempla el artículo 17 de la ley 19.378, los días lunes y viernes o exigir la presenta­ción de la solicitud respecti­va con 48 horas de anticipa­ción.

Número2838/132
Fecha27 de julio de 2001
Eje doctrinarioTérmino/despido/finiquito
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo2 Lagos (00-06)