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Dictamen 2917/154 de 1997

16 de mayo de 1997 · Sindical/colectivo

Negociación colectiva; Instrumento colectivo; Cumplimiento

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Atendido el tenor de la cláusula décimo octava del convenio colectivo acompañado, la empresa Energía y Servicios S.A. carece de facultades para cambiar unilateralmente la Isapre Cruz del Norte Limitada convenida para otorgar beneficios médicos en favor de su personal.

Número2917/154
Fecha16 de mayo de 1997
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)