Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 2919/165 de 2002
Negociación Colectiva. Adherentes
Qué resolvió
Complementa Dictamen Nº 1986/96, de 29.05.2001 en el sentido que indica: 1. - La sola circunstancia de tratarse de un trabajador adherente no es razón suficiente para ser rechazado por el empleador en el proceso de negociación colectiva. 2. - Para los efectos señalados en el inciso 2º, del artículo 348, del Código del Trabajo, sólo es posible entender que un instrumento colectivo se ha extinguido cuando el colectivo…
Datos del documento
| Número | 2919/165 |
|---|---|
| Fecha | 4 de septiembre de 2002 |
| Eje doctrinario | Sindical/colectivo |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Periodo | 2 Lagos (00-06) |