Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 2944/138 de 2001
Finiquito; Procedencia; Trabajador Fallecido
Qué resolvió
No resulta jurídicamente procedente que el ex empleador de un trabajador fallecido exija de la o las personas que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 60 del Código del Trabajo, deban percibir el pago de las remuneraciones u otras prestaciones que a aquél se le hubieren quedado adeudando, la suscripción de un finiquito en los términos y con las formalidades establecidas en el artículo 177 del Código del…
Datos del documento
| Número | 2944/138 |
|---|---|
| Fecha | 2 de agosto de 2001 |
| Eje doctrinario | Término/despido/finiquito |
| Quién consulta | Empresa/Empleador |
| Periodo | 2 Lagos (00-06) |