Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 2986/163 de 1999
Estatuto docente; corporaciones municipales; terminación contrato; reclamación
Qué resolvió
1) Los profesionales de la educación que laboran en establecimientos educacionales administrados por Corporaciones Municipales, pueden recurrir al procedimiento de reclamación previsto para el término del contrato de trabajo en el artículo 168 inciso 1° del Código del Trabajo, en lo que fuere compatible con las normas del Estatuto Docente.
Datos del documento
| Número | 2986/163 |
|---|---|
| Fecha | 8 de junio de 1999 |
| Eje doctrinario | Estatutos especiales |
| Quién consulta | Trabajador sin sindicato |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |