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Dictamen 2997/67 de 2007

13 de agosto de 2007 · Subcontratación

- Empresas de Servicios Transitorios. Nombre o Razón Social. Requisito.- Empresas de Servicios Transitorios. Nombre de fantasía. Requisitos.

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Las empresas de servicios transitorios, que conforme a lo previsto en el artículo 183-K del Código del Trabajo, deben incluir la expresión "Empresa de Servicios Transitorios" o la sigla "EST" en su nombre o razón social, se encuentran obligadas, también, a consignar dicha expresión o sigla en el nombre de fantasía que tenga la sociedad, debiendo, por tanto, la sociedad Sánchez y Torres E.S.T.

Número2997/67
Fecha13 de agosto de 2007
Eje doctrinarioSubcontratación
Quién consultaDT de oficio/interno
Periodo3 Bachelet I (06-10)