Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 3032/228 de 1998
Participación; Anticipos; Descuentos
Qué resolvió
Resulta jurídicamente procedente deducir de la indemnización por años de servicios parte de los anticipos por concepto de participación percibidos por los trabajadores de una empresa cuando éstos no alcanzan a cubrirse con el monto de la referida participación, una vez practicada la liquidación de ésta.
Datos del documento
| Número | 3032/228 |
|---|---|
| Fecha | 9 de julio de 1998 |
| Eje doctrinario | Otros |
| Quién consulta | Empresa/Empleador |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |