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Dictamen 3054/151 de 2001

14 de agosto de 2001 · Remuneración

Enfermedad Profesional; Cambio de Funciones; Remuneraciones

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A los trabajadores aquejados de una enfermedad profesional debidamente calificada por el organismo previsional compe­tente, a quienes por instruc­ción de éste se deba cambiar de faenas a otras en las cua­les no exista el agente cau­sante de la enfermedad, se le debe mantener el nivel de re­muneraciones, aún cuando sea trabajador remunerado a trato.

Número3054/151
Fecha14 de agosto de 2001
Eje doctrinarioRemuneración
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo2 Lagos (00-06)