Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 31/1 de 2000
Estatuto docente; Feriado; Convocatoria
Qué resolvió
La facultad del empleador de convocar a los docentes hasta por tres semanas consecutivas a actividades de perfeccionamiento u otras que no tengan el carácter de docencia de aula, prevista en el artículo 41 de la Ley Nº 19.070, puede ser ejercida en cualquier momento dentro del período de interrupción de las actividades escolares.
Datos del documento
| Número | 31/1 |
|---|---|
| Fecha | 6 de enero de 2000 |
| Eje doctrinario | Estatutos especiales |
| Quién consulta | Estado/Organismo |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |