Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 3111/169 de 2002
1) Descanso Diario. Capacitación 2) Descanso Semanal. Capacitación 3) Jornada de Trabajo. Capacitación
Qué resolvió
1) No constituye jornada de trabajo, las actividades de capacitación programadas por la empresa Soquimich durante el descanso diario o semanal, en su caso, de los trabajadores sujetos a jornada excepcional de trabajo y descansos, por lo que estos últimos no estarían obligados a asistir a las mismas, salvo que individual o colectivamente se acordare su asistencia.
Datos del documento
| Número | 3111/169 |
|---|---|
| Fecha | 20 de septiembre de 2002 |
| Eje doctrinario | Jornada/tiempo |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Periodo | 2 Lagos (00-06) |