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Dictamen 3126/85 de 2005

21 de julio de 2005 · Género/protección

1.- Protección Maternidad. Sala Cuna. Obligación. Alcance. 2.- Protección Maternidad. Sala Cuna. Obligación. Alcance.

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1)La obligación del empleador para el mantenimiento de las salas cuna, comprende la de cuidar y conservar salas cuna en condiciones que permitan la permanencia, cuidado y atención de los menores de dos años como, asimismo, la de suministrar o proveer la alimentación que los menores requieren mientras permanecen en esos establecimientos.

Número3126/85
Fecha21 de julio de 2005
Eje doctrinarioGénero/protección
Quién consultaDT de oficio/interno
Periodo2 Lagos (00-06)