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Dictamen 3144/244 de 2000

28 de julio de 2000 · Jornada/tiempo

Jornada de trabajo; Guardaparques; Corporación Nacional Forestal; Descanso semanal; Horas extraordinarias

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1) La jornada de trabajo a que se encuentra afecto el perso­nal de guardaparques que le presta servicios en forma per­manente a Conaf es la prevista en el D.L. Nº 249, de 1973, esto es, 44 horas semanales distribuidas de lunes a vier­nes. 2) Los días de descanso para dicho personal son los sába­dos, domingo y festivos, sal­vo que estos últimos deban labo­rarse en forma extraordi­naria, en las condiciones que prevé…

Número3144/244
Fecha28 de julio de 2000
Eje doctrinarioJornada/tiempo
Quién consultaEstado/Organismo
Periodo1 Frei R-T (95-00)