Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 3148/182 de 1999
Negociación colectiva; Instrumento colectivo; interpretación
Qué resolvió
El feriado progresivo de los trabajadores de la Universidad Técnica Federico Santa María adscritos al contrato colectivo de 17.12.97 debe otorgarse en los términos de la estipulación contemplada en párrafo primero de la cláusula XVI del citado instrumento, esto es, adicionando los días que correspondan por tal concepto a los 15 días hábiles de ferido básico que allí se establecen.
Datos del documento
| Número | 3148/182 |
|---|---|
| Fecha | 18 de junio de 1999 |
| Eje doctrinario | Sindical/colectivo |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |