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Dictamen 315/18 de 1999

18 de enero de 1999 · Sindical/colectivo

Regla de la conducta; Instrumento colectivo

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No resulta procedente que la empresa AGUASDECIMA S.A., unilateralmente deje de pagar la asignación especial de movilización y bono de conducción contemplados en las cláusulas décimo segunda y vigésimo del contrato colectivo vigente, toda vez que la prosecución reiterada de su pago con posterioridad al cambio de funciones de los trabajadores beneficiados con tales asignaciones ha derivado en una regla de la conducta…

Número315/18
Fecha18 de enero de 1999
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaEmpresa/Empleador
Periodo1 Frei R-T (95-00)