Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 316/21 de 1998
Negociación colectiva; Suspensión; Período de interrupción actividades académicas Universidad
Qué resolvió
El procedimiento de negociación colectiva en un establecimiento universitario debe entenderse suspendido durante los períodos en que cesan las actividades académicas con ocasión de vacaciones de verano, invierno y fiestas patrias, respecto de los trabajadores involucrados en el mismo, en el evento que coincida con tales períodos el día en que deba hacerse efectiva la huelga.
Datos del documento
| Número | 316/21 |
|---|---|
| Fecha | 19 de enero de 1998 |
| Eje doctrinario | Sindical/colectivo |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |