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Dictamen 317/4 de 2003

20 de enero de 2003 · Término/despido/finiquito

Semana corrida. Terminación de contrato de trabajo. Procedencia.

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No procede el pago de semana corrida por los días de descanso en favor de los trabajadores remunerados exclusivamente por día, en el evento que el contrato de trabajo concluya antes de la llegada de tales días de descanso.

Número317/4
Fecha20 de enero de 2003
Eje doctrinarioTérmino/despido/finiquito
Quién consultaDT de oficio/interno
Periodo2 Lagos (00-06)