Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 3172/56 de 2006
1) Dirección del Trabajo. Proceso de Conciliación. Facultades.2) Dirección del Trabajo. Proceso de Conciliación. Facultades.
Qué resolvió
1) Resulta jurídicamente procedente que en un proceso de conciliación, nuestro Servicio sancione a aquel empleador, que habiendo invocado la causal prevista en el inciso 1º del artículo 161 del Código del Trabajo, esto es, necesidades de la empresa, establecimiento o servicio, causal que es aceptada por el trabajador, y que, habiendo efectuado la comunicación al mismo, según lo precep- túa el inciso cuarto del…
Datos del documento
| Número | 3172/56 |
|---|---|
| Fecha | 11 de julio de 2006 |
| Eje doctrinario | Procedimiento/competencia |
| Quién consulta | DT de oficio/interno |
| Periodo | 2 Lagos (00-06) |